

Por: Fuente: "Vamos Paraguay"
La reciente resolución que cancela la licitación pública para la adquisición de máquinas de votación y dispone un arrendamiento por vía de excepción merece una lectura seria y técnica. El procedimiento es legalmente posible, pero políticamente riesgoso si se repiten los mismos esquemas del pasado.
El verdadero problema no está en la tecnología en sí, sino en la manera en que se toman las decisiones y en la ausencia de controles efectivos. La Constitución Nacional y la Ley Nº 635/95, que reglamenta la Justicia Electoral, establecen que el TSJE cuenta con autarquía y jurisdicción propia, además de responsabilidades claras de dirección y fiscalización de los procesos electorales.
Al mismo tiempo, la Ley Nº 7021/2022 “De Suministro y Contrataciones Públicas” exige que toda contratación pública sea regida por principios de transparencia, publicidad y disponibilidad a través del Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP), garantizando acceso universal y mecanismos de verificación.
La experiencia de 2023 —donde un arrendamiento acelerado de máquinas de votación se realizó sin controles adecuados y luego fue ejecutado sin auditoría visible— representa un precedente que no podemos permitir se repita. Hoy, si bien el TSJE tiene el aval jurídico para actuar, la legitimidad se juega en los detalles: toda etapa del proceso debe ser pública, fiscalizada y accesible, no solo para partidos políticos, sino también para los organismos de contralor y, sobre todo, para la ciudadanía.
Vamos Paraguay defiende que la democracia crece con luz, no con atajos. Proponemos que todo el proceso administrativo —pliegos, oferentes, propuestas, contratos, informes y resoluciones— se documente en tiempo real dentro del Sistema de Información de las Contrataciones Públicas (SICP), asegurando transparencia plena y la posibilidad de un control social efectivo sobre el uso de recursos públicos.
En paralelo, el componente tecnológico debe contar con un circuito específico de control y fiscalización, independiente de la mera contratación administrativa. Las pruebas, certificaciones, auditorías reales previas y controles posteriores al uso de las máquinas deben ser públicos y verificables. No se puede alegar vacío normativo en este punto: el propio ordenamiento paraguayo ya reconoce que los dispositivos electrónicos en procesos electorales requieren reglas claras y diferenciadas.
Instamos al TSJE a fortalecer la confianza ciudadana a través de una doble garantía: publicidad absoluta en la gestión de los contratos y fiscalización técnica/científica rigurosa sobre la tecnología electoral. Lo que está en juego no es solo la provisión de un servicio, sino la legitimidad misma de la voluntad popular. Invitamos al TSJE y a la DNCP a caminar hacia una gestión electoral que combine legalidad, apertura y fiscalización real.
Solo así la ciudadanía construirá confianza y los procesos electorales se legitimarían como reflejo auténtico de la voluntad popular. Sin transparencia no hay confianza, y sin confianza no hay democracia