miércoles 03 de septiembre de 2025 - Edición Nº2464

Actualidad | 2 sep 2025

Ley Protección de Datos Personales

Diputados vuelve a aplazar estudio de Protección de Datos Personales

El proyecto de ley volvió a ser postergado por falta de cuórum. En caso de aprobarse los cambios del Senado pasará al Ejecutivo, pero los diputados se ratifican en su versión. Volverá al Senado para un cuarto y último trámite legislativo.


Por: Redacción Central.

La Cámara de Diputados volvió a postergar el proyecto de Ley de Protección de Datos Personales. La iniciativa debía tratarse este martes, pero no fue abordada, por lo que esta semana se definirá si vuelve a incorporarse en el orden del día de la próxima semana (martes 9 de setiembre).

El proyecto de ley tiene vencimiento o sanción automática el sábado 8 de noviembre de este año.

La Cámara Baja tiene solo dos posibilidades: aprobar su propia versión o aceptar las modificaciones del Senado, atendiendo a que se encuentra en su tercer trámite legislativo.

En caso de aprobar su propia versión, el documento pasará para un cuarto trámite al Senado que es la cámara revisora para este proyecto.

No obstante, en caso de que se apruebe la versión Senado, el documento será sancionado y estará en manos de Santiago Peña, presidente de la República, su aprobación o veto.

VERSIÓN SENADO

Miembros de la Comisión de Legislación y Codificación, presidida por el diputado Jorge Ávalos Mariño (PLRA-Paraguarí), estudiaron el proyecto de ley “De Protección de Datos Personales en la República del Paraguay”, el pasado lunes 18 de agosto.

El documento representa un paso importante en la regulación del tratamiento de datos en Paraguay, con el objetivo de proteger la privacidad de los ciudadanos y garantizar el cumplimiento de sus derechos, según los legisladores defensores del proyecto.

“Entre sus principales elementos, el proyecto incorpora una serie de principios que rigen el tratamiento de datos personales, los derechos de los titulares, medidas de responsabilidad proactiva a cargo del responsable del tratamiento, así como la creación de una autoridad de aplicación con un régimen específico de infracciones y sanciones”, comentó el presidente de la comisión en aquella oportunidad.

Mencionó que el Senado retocó el proyecto y que el dictamen aconseja aceptar dichas modificaciones introducidas.

A propósito, entre las principales, destaca el artículo 7°, el cual habla del consentimiento de niños, niñas y adolescentes.

El cambio consistió en que, para acceder a datos de menores de hasta 15 años, se requerirá del consentimiento previo del titular de la patria potestad; mientras que en el caso de adolescentes de 16, 17 y 18 años, estos deberán dar su consentimiento conjuntamente con la autorización del titular de la patria potestad.

En el artículo 19, Reglas generales para transferencias internacionales de datos personales, se agregó un párrafo para establecer que “la evolución de la adecuación será realizada por la Agencia Nacional de Datos Personales”.

Respecto al artículo 37, Designación del director general de la Agencia Nacional de Protección de Datos Personales, acotaron que para la elección primero debe realizarse un concurso público, y no de méritos, como establecía la versión Diputados.

Tras este concurso, el Mitic seleccionaría una terna que se pondrá a consideración del Poder Ejecutivo.

En el artículo 43, Conductas que constituyen faltas, se estableció que se considera falta toda acción u omisión que implique incumplimiento de disposiciones establecidas; entre ellas las dictadas por la Agencia Nacional en el marco de sus atribuciones.

Finalmente, en el artículo 24, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos, se agregó que la excepción para denegar acceso a la información pública se producirá únicamente cuando el daño causado al interés protegido sea mayor al interés público de obtener acceso a la información.

Justamente el artículo 24 del proyecto de ley es blanco de críticas por parte de legisladores de la oposición, quienes temen que se den nuevas restricciones al acceso a la información pública.

Entre las limitaciones, en caso de promulgarse la ley con dicho artículo, se encuentra la limitación del acceso a los salarios de cada funcionario público. Opositores instan a que el Ejecutivo realice un veto parcial de este artículo polémico.

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