miércoles 13 de mayo de 2026 - Edición Nº2716

Internacionales | 13 may 2026

Fragilidad de la legitimidad democrática

La crisis de representación política y la fragilidad de la legitimidad democrática

08:23 |La democracia permite, en lo formal, la postulación y elección de candidatos, la existencia de instituciones y la participación de partidos políticos y de la ciudadanía y, aun así, en los últimos años experimenta una profunda crisis de representación y legitimidad social.


Por: Wílder Fabricio Pérez Mendizábal. Fuente: Agencia Pressenza

La democracia permite, en lo formal, la postulación y elección de candidatos, la existencia de instituciones y la participación de partidos políticos y de la ciudadanía y, aun así, en los últimos años experimenta una profunda crisis de representación y legitimidad social.

Un ejemplo gráfico de esto son las elecciones para la Gobernación de La Paz, realizadas en marzo de este año, y que de muchas maneras expresa esa contradicción entre esa democracia formal y una democracia real, que permita se exprese el fin último de esta forma de gobierno, el garantizar que la voluntad de la población sea reconocida y respetada.

Tras la renuncia de Nueva Generación Patriótica, organización política que había alcanzado el segundo lugar y debía participar en la segunda vuelta electoral, mediante una decisión asumida por su dirigencia nacional y no por su candidato, el Órgano Electoral tomó una decisión ampliamente cuestionada al aceptar la declinatoria y proclamar automáticamente como ganador al candidato de la primera fuerza política. Aunque formalmente obtuvo alrededor del 20% de la votación emitida en primera vuelta, un análisis más amplio del universo electoral —considerando votos nulos, blancos, abstención y dispersión del voto— permite observar que el respaldo efectivo real sobre el total del padrón electoral podría reducirse incluso a niveles cercanos al 15%.

Más allá de la legalidad formal de la decisión, el episodio evidenció cómo un sistema democrático puede debilitar su propia legitimidad cuando amplios sectores ciudadanos perciben que la competencia política efectiva queda vaciada de contenido y que el proceso electoral deja de expresar plenamente la voluntad popular.

Múltiples voces de opinión desde los medios de comunicación y las redes sociales salieron a sostener que se trataba simplemente del cumplimiento estricto de la ley y del ejercicio autónomo de una decisión interna asumida por una organización política. Bajo esa óptica, el debate público quedó reducido casi exclusivamente a la legalidad formal del procedimiento, dejando en segundo plano la discusión sobre legitimidad democrática y representación efectiva.

Incluso las acciones impulsadas por el candidato que había conseguido el segundo lugar y alcanzado el derecho a participar en la segunda vuelta, solicitando se le permita continuar en competencia para que la ciudadanía pudiera definir el resultado electoral mediante el voto, fueron rechazadas por la vía constitucional, cerrando toda posibilidad de continuidad con el balotaje.

La decisión abre un debate de dimensión constitucional profunda vinculada a la protección de los derechos políticos fundamentales. La Constitución Política del Estado no solo reconoce el derecho de las organizaciones políticas a participar en procesos electorales, sino también el derecho individual de los ciudadanos a elegir y ser elegidos. Estos derechos no constituyen simples formalidades administrativas; representan pilares esenciales del sistema democrático y de la soberanía popular, el haber desestimado estos principios, así lo hizo el propio Órgano Electoral y luego el fuero constitucional lo confirmó, termino generando muchas dudas respecto a la protección efectiva de esos derechos fundamentales.

El problema de fondo radica en la fractura política y social que este proceso electoral terminó evidenciando. Mientras las instituciones defendían la validez formal del procedimiento, una parte significativa de la población paceña expresaba públicamente su demanda de poder acudir a una segunda vuelta y elegir entre las dos candidaturas que habían alcanzado esa posibilidad democrática.

Por lo que quedó de manifiesto una de las principales tensiones de las democracias contemporáneas, la diferencia entre aquello que puede considerarse legalmente válido y aquello que socialmente es percibido como legítimo. Porque una democracia no se debilita solamente cuando se vulnera la ley, sino también cuando amplios sectores ciudadanos sienten que su capacidad efectiva de decisión política ha sido limitada o desconocida.

Desde esa perspectiva, surge una pregunta política y jurídicamente relevante: ¿podía una decisión asumida por la dirigencia de una organización política extinguir completamente la posibilidad de que un candidato continúe en competencia electoral, aun cuando hubiera alcanzado constitucional y democráticamente el derecho a participar en una segunda vuelta?

Del mismo modo, también emergió otra interrogante aún más trascendente. ¿Hasta qué punto una interpretación estrictamente formal de la normativa electoral puede restringir el derecho de la población paceña a definir mediante el voto universal quién debe ejercer la gobernación del Departamento de La Paz?

El problema adquiere especial importancia sobre todo porque en materia de derechos fundamentales rige, en teoría, el principio de interpretación más favorable a la vigencia y ejercicio de los derechos políticos. En otras palabras, ante escenarios de duda o conflicto interpretativo, el sistema constitucional democrático debe favorecer y ampliar la participación ciudadana y no restringirla.

Bajo esa lógica, la suspensión material de la segunda vuelta terminó generando una tensión evidente entre legalidad electoral, interpretación constitucional y legitimidad democrática. Aunque las decisiones institucionales fueron defendidas desde el cumplimiento formal de la norma, persistió en amplios sectores sociales la percepción de que el proceso había terminado limitando el ejercicio efectivo de derechos políticos fundamentales tanto del candidato como del electorado paceño.

Esto pone al descubierto una de las mayores fragilidades de las democracias actuales y formales, cuando el sistema institucional privilegia exclusivamente la dimensión procedimental de la legalidad, pero pierde capacidad de responder a las demandas sustanciales de representación, participación y legitimidad social.

La principal amenaza para nuestras democracias, no son solo las rupturas del orden constitucional, sino también y lamentablemente, que las instituciones conserven solo su legalidad formal y como consecuencia de esto, una parte creciente de la ciudadanía deje de sentirse efectivamente representada dentro de ellas.

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