Por: Yngrid Armas. Fuente: Agencia Pressenza
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(Imagen de Doral Family Journal)
Durante buena parte del siglo XX, la historia de los derechos de las mujeres pareció avanzar en una sola dirección. El reconocimiento del sufragio femenino, el acceso a la educación superior, la igualdad jurídica, la participación política y la creación de mecanismos específicos para enfrentar la violencia de género fueron considerados conquistas irreversibles de las democracias constitucionales.
Sin embargo, la historia rara vez avanza en línea recta.
Hoy asistimos a un fenómeno distinto. No se trata de una oposición frontal a la igualdad entre hombres y mujeres. Esa postura sería difícilmente sostenible en sociedades democráticas. La reacción contemporánea es mucho más sofisticada: utiliza el propio lenguaje de la igualdad para cuestionar los instrumentos jurídicos creados para hacerla efectiva.
Ya no se afirma abiertamente que las mujeres no deban participar en la política o que la violencia de género no exista. El discurso ha cambiado. Ahora se sostiene que, precisamente porque hombres y mujeres son iguales, debería desaparecer el delito de feminicidio; que, precisamente por igualdad, deben eliminarse las cuotas o la paridad; que las denuncias falsas justifican endurecer el tratamiento penal de quienes no logren acreditar una agresión; o que las políticas de igualdad constituyen privilegios incompatibles con un Estado democrático.
Esta transformación merece especial atención. No porque el debate sobre las leyes sea ilegítimo —toda democracia exige deliberación—, sino porque revela un cambio profundo en la manera en que ciertos sectores conciben los derechos fundamentales.
Durante siglos, las mujeres fueron excluidas de la ciudadanía bajo el argumento de que eran naturalmente diferentes. Se decía que eran demasiado emocionales para votar, que la educación superior atentaba contra su naturaleza, que el ejercicio profesional era incompatible con la maternidad y que el poder político correspondía exclusivamente a los hombres.
Aquellas ideas parecían definitivamente superadas.
Sin embargo, hoy reaparecen bajo nuevas formas.
En determinados espacios digitales, algunos comentaristas, influencers y comunidades vinculadas a la llamada manosfera cuestionan nuevamente la legitimidad de políticas de igualdad, minimizan la violencia basada en género y, en algunos casos, incluso reabren debates sobre el sufragio femenino o la participación política de las mujeres. Aunque estas posiciones siguen siendo minoritarias y no representan políticas oficiales en la mayoría de los Estados, su creciente difusión evidencia un fenómeno que no debe subestimarse: la normalización progresiva de discursos que hace apenas unos años permanecían en los márgenes del debate público.
El problema no radica únicamente en las redes sociales.
El verdadero riesgo aparece cuando esas narrativas comienzan a trasladarse al escenario político.
Las leyes nunca nacen en el vacío. Antes de convertirse en proyectos legislativos, las ideas circulan en plataformas digitales, son apropiadas por líderes de opinión, amplificadas por algoritmos, debatidas en medios de comunicación y, finalmente, incorporadas por actores políticos que las convierten en propuestas normativas.
El derecho comparado ofrece ejemplos reveladores de esta tensión.
Mientras en el Perú se han presentado iniciativas orientadas a eliminar el feminicidio como delito autónomo o a endurecer las consecuencias frente a determinadas denuncias de violencia de género que no prosperan judicialmente, Italia ha recorrido un camino distinto al reconocer el feminicidio como un delito autónomo castigado con la máxima severidad prevista por su legislación. En México, el debate ha puesto el foco en la violencia política contra las mujeres y en la necesidad de proteger su participación en la vida pública. En Estados Unidos, aunque el sufragio femenino permanece plenamente reconocido por el orden constitucional, ciertos sectores minoritarios han vuelto a cuestionar públicamente su conveniencia histórica.
Estos procesos no son idénticos ni obedecen a una única estrategia internacional. Sin embargo, comparten un elemento común: la disputa por el significado de la igualdad.
Y es precisamente allí donde el debate adquiere una dimensión constitucional.
Uno de los mayores errores consiste en confundir igualdad formal con igualdad material.
La igualdad formal proclama que todas las personas son iguales ante la ley. La igualdad material exige que esa igualdad sea efectiva y no meramente declarativa. Por ello, el derecho internacional de los derechos humanos —a través de instrumentos como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y la Convención de Belém do Pará— reconoce que los Estados pueden y, en muchos casos, deben adoptar medidas específicas para corregir desigualdades estructurales.
Desde esa perspectiva, figuras como el feminicidio, las acciones afirmativas o las normas destinadas a combatir la violencia política de género no constituyen privilegios jurídicos. Constituyen respuestas diferenciadas frente a problemas diferenciados.
Paradójicamente, hoy la igualdad comienza a ser utilizada como argumento para desmontar esos mismos mecanismos.
Esta es, quizás, una de las mayores paradojas del constitucionalismo contemporáneo: el lenguaje de los derechos puede emplearse para debilitar los derechos.
América Latina no es ajena a este fenómeno.
Las plataformas digitales han reducido las fronteras entre los debates nacionales. Narrativas surgidas en Estados Unidos o Europa circulan rápidamente mediante redes sociales, influencers, organizaciones ideológicas, movimientos religiosos, centros de pensamiento y partidos políticos, siendo adaptadas a los contextos locales. La región no importa únicamente ideas económicas o modelos institucionales; importa también guerras culturales.
Y las guerras culturales, cuando logran modificar la percepción colectiva sobre determinados derechos, terminan influyendo en la producción legislativa.
Por ello, el principal desafío no consiste únicamente en analizar si una determinada ley resulta constitucional. El verdadero reto consiste en comprender cómo determinadas narrativas transforman progresivamente aquello que una sociedad considera justo, legítimo o aceptable.
La democracia no retrocede únicamente cuando se suspenden elecciones o se altera el orden constitucional. También puede debilitarse cuando los derechos de un grupo históricamente discriminado comienzan a ser presentados como privilegios, cuando la igualdad deja de entenderse como un mandato de justicia y cuando las garantías construidas para corregir desigualdades estructurales son percibidas como excesos incompatibles con la libertad.
La historia enseña que ningún derecho desaparece de un día para otro. Antes de perder protección jurídica, pierde legitimidad social.
Por ello, la defensa de los derechos de las mujeres no constituye una causa sectorial. Es una defensa del Estado constitucional de derecho, de la universalidad de los derechos humanos y de la propia democracia.
Porque las democracias no comienzan a deteriorarse cuando se deroga una ley.
Comienzan a deteriorarse cuando una sociedad deja de creer que determinados derechos siguen siendo indispensables.
Yngrid Armas: Analista, Abogada y Conciliadora.