jueves 30 de julio de 2026 - Edición Nº2794

Derechos Humanos | 30 jul 2026

Control Gubernamental Sobre Sociedad Civil.

América Latina: crecen los controles estatales sobre las organizaciones de la sociedad civil

09:25 |Las organizaciones de la sociedad civil de América Latina enfrentan un escenario regulatorio cada vez más complejo. Una generación de leyes que bloquean el espacio cívico en América Latina.


Por: Agencia InnContext

Las organizaciones de la sociedad civil de América Latina enfrentan un escenario regulatorio cada vez más complejo. Una generación de leyes que bloquean el espacio cívico en América Latina

Un informe elaborado por Fundamedios con apoyo de TrustLaw, la red jurídica pro bono de la Thomson Reuters Foundation, que articuló la asistencia de estudios jurídicos locales, analizó los marcos normativos de diez países y concluyó que la región atraviesa una nueva etapa caracterizada por un aumento de las facultades estatales de supervisión, mayores exigencias administrativas y controles más intensos sobre el financiamiento de las organizaciones.

La investigación examinó la legislación vigente hasta abril de 2026 en Argentina, Bolivia, Colombia, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua, Perú y Venezuela, con el objetivo de identificar tendencias comunes en la regulación de asociaciones civiles, fundaciones y otras organizaciones sin fines de lucro. Según el informe, muchas de estas reformas fueron impulsadas con objetivos legítimos, como mejorar la transparencia, fortalecer la rendición de cuentas o prevenir el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo. Sin embargo, advierte que, en numerosos contextos, esos mecanismos derivaron en restricciones desproporcionadas al ejercicio de la libertad de asociación y ampliaron la discrecionalidad administrativa.

Entre los principales hallazgos, el estudio señala que varios países habilitaron la suspensión o cancelación de la personería jurídica por vía administrativa, incorporaron conceptos amplios como "orden público" o "seguridad nacional" como base para sancionar y sumaron requisitos específicos para recibir fondos del exterior. También observa un crecimiento de los controles vinculados a la prevención del lavado de activos, aun cuando la evidencia disponible muestra una baja incidencia de estos delitos dentro del sector.

Según el informe, en Nicaragua se cancelaron más de 5.562 organizaciones hasta 2025, cerca del 80% de las registradas, y cuando la cancelación responde a causales como "promover campañas de desestabilización" el patrimonio de la entidad pasa a ser propiedad del Estado. En El Salvador, la Ley de Agentes Extranjeros, vigente desde junio de 2025, establece una retención del 30% sobre los fondos provenientes del exterior para los sujetos alcanzados. En Perú, la Ley 32301, aprobada en marzo de 2025, prohíbe destinar fondos de cooperación internacional a asesorar, asistir o financiar acciones legales contra el Estado, incluso en casos vinculados a derechos humanos. La norma fue objeto de acciones de amparo y demandas de inconstitucionalidad.

El análisis muestra, sin embargo, que la situación no es homogénea. Mientras algunos países mantienen esquemas regulatorios fragmentados y diferenciados según el tipo de organización, otros avanzaron hacia modelos de supervisión más centralizados e intensivos. En Argentina, por ejemplo, el informe destaca que no existe una ley única para las organizaciones de la sociedad civil y que las exigencias varían según la figura jurídica y la jurisdicción, con predominio de un modelo de control administrativo y contable. En cambio, Ecuador aparece como uno de los casos donde la normativa reciente amplió significativamente las facultades de supervisión estatal y las obligaciones de reporte.

Frente a este escenario, el informe identifica también experiencias consideradas buenas prácticas. Entre ellas menciona sistemas de registro basados en criterios objetivos, controles financieros proporcionales al nivel de riesgo, mecanismos de transparencia orientados a fortalecer el control social y procesos institucionalizados de participación de las organizaciones en la elaboración de políticas públicas.

A partir de estos hallazgos, los autores recomiendan revisar las normas que permiten cancelar organizaciones mediante procedimientos administrativos sin control judicial efectivo, limitar el uso de conceptos jurídicos ambiguos para imponer sanciones y aplicar los estándares internacionales sobre prevención del lavado de activos con un enfoque basado en riesgos reales y no sobre presunciones generales respecto del sector.

Lee el informe completo acá.

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